Gastos de atención médica, cirugía, medicamentos y hospitalización.
¿Qué cubre ?
Una compensación de hasta ochocientos (800) salarios mínimos legales vigentes (SMLDV) para los gastos médicos requeridos por las lesiones sufridas por los afectados en el momento del accidente.
¿Qué no cubre?
Compensaciones que excedan los ochocientos (800) salarios mínimos legales vigentes (SMLDV).
Costos de medicamentos u otros gastos no proporcionados por instituciones médicas y/o que no estén relacionados con la recuperación del afectado.
Gastos de movilidad.
¿Qué cubre?
Una compensación igual a diez (10) salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV) para el individuo o entidad que evidencie haber transportado a una víctima de un accidente desde la ubicación del incidente hasta un centro de salud público o privado.
¿Qué no cubre?
Compensaciones que excedan los diez (10) salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV).
Compensación por invalidez permanente.
¿Qué cubre?
Una compensación de hasta ciento ochenta (180) salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV) cuando a las personas afectadas se les determine una incapacidad permanente.
¿Qué no cubre?
Las compensaciones por limitaciones temporales.
Compensación por fallecimiento y costos de sepelio.
¿Qué cubre?
Una compensación de hasta setecientos cincuenta (750) salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV) destinada a los herederos legales de un individuo fallecido en un accidente de tránsito.
¿Qué no cubre ?
Compensaciones que excedan los setecientos cincuenta (750) salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV).
¿Por qué es importante tener el Seguro obligatorio vigente ?
El seguro vigente no solo es una obligación legal, sino también una medida esencial para garantizar la seguridad financiera y médica en situaciones de accidentes de tráfico..